jueves, 28 de enero de 2010

COMUNICADO

Real Federación Española de Atletismo

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SECRETARIA GENERAL

Comité Nacional de Jueces

CIRCULAR Nº: 024/2010

-A los Comités Autonómicos de Jueces.

-A los Federaciones Autonómicas.

-A los interesados

PROCEDIMIENTOS DE LAS SALIDAS SEGÚN ART.162 DE LA I.A.A.F.

Tras la Reunión Técnica celebrada en Zaragoza los días 19 y 20 de diciembre de 2009 por parte de los Jueces

del Panel de Salidas del Comité Nacional de Jueces de esta Real Federación Española de Atletismo, se establecen los

siguientes procedimientos que afectan a las salidas según el artículo 162 de las Reglas de Competición 2010-2011 de la

IAAF:

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1. Interrupción de la salida después de “A sus puestos”.

A partir del momento en que el Juez de Salidas dice “¡A sus puestos!” y en todas aquellas circunstancias que

obliguen al Juez de Salidas a interrumpir la salida, los ayudantes del juez de salidas mostrarán tarjeta verde a todos

los atletas participantes.

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Nota a.-

No debe entenderse como “interrupción” de la salida, la anulación de la misma por “salida falsa”,

ya que ésta supone la(s) descalificación(es) del (de los) atleta(s) implicado(s).

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Nota b.-

Si la interrupción ha sido provocada por la no toma de la posición definitiva de “A sus puestos” de

uno o varios atletas, se comunicará al Juez Árbitro de Salidas lo acaecido si es que no lo ha presenciado “in

situ” él mismo, y después de que tome una decisión al respecto (amonestación a quien/es haya/n

interrumpido la salida, o no amonestación a nadie porque así lo considere) los ayudantes del juez de salidas

mostrarán tarjeta verde a todos los atletas participantes.

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2. Interrupción de la salida después de “Listos”.

A partir del momento en que el Juez de Salidas dice “Listos” y en todas aquellas circunstancias que obliguen al Juez

de Salidas a no proceder al disparo por la no toma de la posición definitiva de salida de uno o varios atletas, se

comunicará al Juez Árbitro de Salidas lo acaecido si es que no lo ha presenciado “in situ” él mismo, y después de

que tome una decisión al respecto (amonestación a quien/es haya/n provocado dicha situación, o no amonestación

a nadie porque así lo considere), los ayudantes del juez de salidas mostrarán tarjeta verde a todos los atletas

participantes.

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3. Movimiento después de “Listos” provocando escapada.

Después de la voz de “¡Listos!”, cuando un atleta se escapa como consecuencia de los movimientos de otro atleta,

el Juez de Salidas deberá interrumpir la salida y comunicar al Juez Árbitro de Salidas que el atleta que ha provocado

la salida falsa ha actuado de manera antideportiva, por si el Juez Árbitro de Salidas considera necesario amonestarlo

por actitud incorrecta (art.162.5).

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Nota:

El atleta que inicia su salida motivado por los movimientos de otro atleta no deberá ser descalificado

por salida nula.

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4. Tiempos de reacción de los detectores de salidas falsas.

Para una correcta y justa toma de decisiones, es imprescindible que el Juez de Salidas disponga en la pista de los

tiempos de reacción de todas las calles, de forma simultánea, inmediata y por escrito.

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5. Señal de detección de salidas falsas.

Mientras no se detecte claramente un incorrecto funcionamiento del equipo electrónico de detección de salidas

falsas y el Juez Árbitro de Salidas haya tomado la decisión de prescindir de dicho equipo, aún cuando el Juez de

Salidas no observe visualmente ninguna anomalía en una salida, si se recibe una señal acústica del detector de

salidas falsas, se deberá anular dicha salida.

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6. Incorrecto funcionamiento equipo detector salidas falsas.

Si los jueces miembros del equipo de salidas detectan posibles incorrecciones en el funcionamiento del equipo

electrónico de detección de salidas falsas, el Coordinador de Salidas lo comunicará al Juez Árbitro para que tome

una decisión al respecto.

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7. Competencia de adjudicación de salida nula.

La decisión final de una adjudicación de salida nula corresponde exclusivamente al Juez de Salidas, después de

poder consultar a sus adjuntos.

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8. Órdenes al Coordinador de Salidas.

El Coordinador de Salidas deberá recibir la orden de proceder a la salida solamente de aquella persona que se

decida, antes del inicio de la competición, como la autorizada a tal efecto.

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9. Pruebas Combinadas.

En las Pruebas Combinadas se aplicará el procedimiento que, hasta ahora, venía siendo habitual en el resto de las

pruebas: cuando el ayudante del juez de salidas muestre tarjeta amarilla a todos los participantes por haberse

producido una “salida falsa”, ello supondrá la descalificación de cualquier atleta(s) que ocasione(n) una salida falsa

posterior

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10. Salida injusta por circunstancias.

Si un adjunto del Juez de Salidas observa que se ha producido una salida injusta por cualquier circunstancia (p.ej.

desplazamiento de tacos, no llegada de la voz del juez de salidas, etc.) y no ha sido observada por el Juez de

Salidas, deberá anular la salida con un disparo. Comunicará la circunstancia al Juez de Salidas el cual procederá a

repetir el proceso de la salida si la cuestión fue motivada por un problema técnico o la remitirá al Juez Árbitro para

que decida al respecto, y los ayudantes del Juez de Salidas mostrarán tarjeta verde a todos los atletas.

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11. Avance sobre la línea de salida con antelación al disparo.

Después de la voz del Juez de Salidas anterior al disparo (“Listos” en pruebas hasta 400m. o “A sus puesto” en

pruebas superiores a 400m.), y antes de producirse el mismo, un atleta avanza sobre la línea de salida, se

considerara salida falsa y descalificación por el art.162.7 (en Pruebas Combinadas amonestación si es la primera

salida falsa de toda la serie).

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